En defensa de la libertad de expresión

Foto: Nuestro Diario

El pasado 19 de octubre al menos cinco comunicadores sociales: David Sanchinelli, Esbin García, Javier Estrada, Henry Montenegro y Elmer Vargas, fueron agredidos física y verbalmente cuando cubrían los disturbios ocasionados por veteranos militares cerca del Congreso.

Es lamentable que ocurran estas amenazas y agresiones cuando se ejerce la labor.  Estos hechos vulneran el derecho a informar y ser informado.

Desde este espacio expresamos nuestra solidaridad a los compañeros afectados en su labor y queremos agradecerles por el trabajo valioso que realizan diariamente.

Ejercer periodismo no es fácil, muchas veces sin un caso de protección, sin condiciones laborales dignas, ni salarios competitivos.  Es la convicción y el compromiso de informar lo que motiva.

Aunado a eso, en los últimos años hemos visto como la labor informativa ha sido criminalizada y siempre se busca atacar a través de campañas de descrédito a las y los comunicadores sociales.  En peores casos hay seguimientos y actos violentos.

Lamentablemente, informar y revelar casos que alguien no quiere que salga a luz provoca incomodidad y por consiguiente violencia y amenazas.

También es necesario decirlo, tenemos que fortalecernos constantemente como gremio para informar adecuadamente a nuestras audiencias y servirles.  No a otra instancia.  Nos atrevemos a decir que un porcentaje alto de trabajadores de prensa tienen clara la misión de servir a la comunidad.

Es importante recordar que tenemos herramientas legales nacionales e internacionales frente a estas vulneraciones de derechos y por ello queremos recordar algunos artículos contemplados en la legislación nacional:

El Artículo 35 de la Constitución Política de la República, libertad de emisión del pensamiento: “Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medio de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá́ ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”.

Artículo 5, Ley de Emisión del Pensamiento: “La libertad de información es irrestricta y los periodistas tendrán acceso a todas las fuentes de información”.

Artículos de la legislación internacional: Artículo 19, Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José́, Artículo 13, Libertad de pensamiento y expresión: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.